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  5. ASPECTOS DIFERENCIALES DE LA ECONOMÍA CANARIA    
 
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La Reserva de Inversiones Canaria (RIC)

La Reserva de Inversiones Canaria es una figura propia y exclusiva del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF). Se trata de un incentivo fiscal creado para estimular la autofinanciación empresarial, ya que supone una reducción en el Impuesto de Sociedades o del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), para ser destinados a la inversión en una serie de bienes y capital que la propia ley regula, con el fin último de estimular el esfuerzo inversor en Canarias. Así, la figura de la RIC permite a las empresas reducir su base imponible en cada período impositivo en el Impuesto sobre Sociedades hasta la cantidad que destinen de sus beneficios a la Reserva. El límite fijado para la misma es del 90 por 100 de los beneficios no distribuidos.

La RIC opera solamente en el Archipiélago y sólo para empresas o establecimientos situados y domiciliados en Canarias. Es decir, aquellas empresas cuyos beneficios se generen en las islas y se inviertan en las islas. Concretamente, los supuestos que permite la ley para acogerse a la RIC son estos:

  • Sociedad o empresario que sólo tiene establecimientos en Canarias.

  • Sociedad o empresario residente con establecimiento en Canarias y en otros puntos de España –o del mundo-.

  • Sociedad o empresario no residente con establecimiento en Canarias.

La RIC ha favorecido la actividad de la construcción en los últimos años. (DM)

La RIC exige, por tanto, una doble conexión con el territorio archipielágico: por un lado, la actividad económica se debe realizar en Canarias y, por otro, la inversión de dichos rendimientos también se debe localizar en las islas. Por eso se habla de reinversión. Además, los bienes en que se materialice la reserva deben permanecer en la empresa, generalmente durante cinco años, con el objetivo de favorecer el crecimiento empresarial en Canarias.

En definitiva, la RIC pretende generar la iniciativa empresarial y promover actividades generadoras de empleo o que acrecienten la competitividad interior y exterior de las empresas canarias.

Novedades en la RIC con el nuevo Reglamento del REF

En la práctica, y pese a todo lo dispuesto, las ventajas de la RIC han sido utilizadas como base en numerosas operaciones que podían ‘invitar' a la especulación. El dinero ganado no servía por tanto para generar iniciativa empresarial ni para mejorar la competitividad, sino para obtener beneficios a corto plazo, por ejemplo a través de la compra de viviendas a nombre de las empresas que nunca se ocupaban y que luego pasaban a manos de particulares.

Por todo ello, ha tenido que revisarse el aspecto jurídico. En la última actualización del REF (la ya citada de enero de 2008) han reducido considerablemente los usos de la RIC, que ahora se limitan a cuatro ámbitos:

  • Viviendas de protección oficial (VPO).

  • Actividades industriales, turísticas o de locales comerciales en zonas turísticamente degradadas en las Islas.

  • Adquisición de aeronaves que permitan la mejora de las conexiones entre las Islas Canarias.

  • Producción de largometrajes, cortometrajes o series audiovisuales cuando se realicen en Canarias.

Nuevos usos para la RIC

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