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  10. SIGLO XVI: REINADOS DE CARLOS I Y FELIPE II    
 
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Defensa de Alonso Fern�ndez de Lugo, en el juicio de residencia que le hizo Lope de Sosa, Gobernador de Gran Canaria

Cuando los reyes recib�an quejas de sus gobernadores u otros cargos en el desempe�o de su funci�n nombraban a un juez de residencia o pesquisidor, quien somet�a al sospechoso a un juicio. Por lo general el juez, persona que ocupaba un cargo de igual o superior categor�a, presentaba una serie de cargos en contra del acusado y �ste se defend�a por medio de un licenciado o bachiller, persona entendida en leyes.

El siguiente fragmento puede servir de ejemplo de c�mo el defensor de Alonso Fern�ndez de Lugo rebate las acusaciones que le hace el juez de residencia, por los cargos de los que acusa a su difunta mujer. Es preciso tener presente que el Adelantado enviud� de una primera esposa, con la que tuvo tres hijos. Luego en un viaje que hizo a la Gomera cas� en segundas nupcias con Beatriz de Bobadilla, viuda del Conde de la isla. Ella muere a�os despu�s en un viaje hecho a la Corte. En el juicio de residencia hecho ya muerta su mujer se le acusa de graves abusos cometidos por su extinta esposa en el gobierno de La Gomera

"... menos se le debe de imputar culpa ni cargo alguno al dicho se�or Adelantado ni parte en lo que algunos testigos quieren decir que hab�a dejado poder a la se�ora Bobadilla, que santa gloria haya, su mujer leg�tima..., para que pudiera gobernar esta dicha isla..., porque en caso que le hubiera dado el dicho poder, aquello ser�a y fue porque el dicho Sr. Adelantado, mi parte, por mandado de su Alteza, hab�a pasado en las partes de Berber�a a hacer edificar ciertas fortalezas... y no era inconveniente dar y dejar poder, en nombre de sus Altezas, a la dicha se�ora do�a Beatriz de Bobadilla..., por ser como era muy noble mujer y muy discreta y criada de sus Altezas y experta en judicatura, y se�ora de las islas de la Gomera y El Hierro y ser persona tal que lo pod�a y sab�a muy bien hacer, y a�n a las tales personas aunque sean mujeres el derecho no lo proh�be, antes lo permite... En caso que hubiesen mandado castrar a Baltasar Tamborino, aunque aquello no se comprueba... en aquello habr�a hecho y administrado justicia, porque el dicho Baltasar Tamborino habr�a dormido carnalmente con una muchacha de edad de cuatro o cinco a�os... por el cual exceso habr�a merecido muerte... y menos se le puede imputar culpa de haber mandado acotar a Francisco de Pina, sillero... por haber hurtado, como hurt�, cierta cantidad de orchilla [con la que] daba color a las sillas que hac�a..."